¿Qué debo hacer si atropello a un perro?

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¿Qué debo hacer si atropello a un perro?

Por: Marcos Zavala

Si atropello a un perro o a una mascota de un tercero, ¿a qué estoy obligado por ley y qué debo hacer?

De acuerdo con las leyes mexicanas un animal es un bien o cosa. En caso de que un animal muera o sufra lesiones por un accidente de tránsito, no ocasionado por el animal mismo, se reparará el daño conforme a las reglas del Código Civil Federal para la responsabilidad civil por daños causados a terceros.

Dependiendo del caso, normalmente se pagará el valor de la mascota, ya sea con base en el costo de adquisición o por su valor en el mercado. Si la mascota sobrevive al accidente, se podrá determinar un pago por la recuperación y gastos médicos del animal herido, aunque el monto será fijado dependiendo las circunstancias del accidente y si es que procede la reparación del daño. 

Es importante que sepas que en caso de causar la muerte o lesiones a una mascota o animal por motivos de crueldad o maltrato, independientemente de la reparación de los daños, la autoridad tiene facultades para procesarte por la comisión de un delito sancionado con penas de prisión y multas. 

En ciertos casos, atendiendo a las circunstancias, podría llegar a proceder una indemnización por daño moral, sin embargo, su causación es casuística atendiendo al caso concreto y será determinada por el juez.

Es muy importante que en caso de atropellar a un perro o mascota no hagas arreglos con los terceros, o sea con los dueños del animal, ni asumir la responsabilidad, debes llamar de inmediato al ajustador de tu aseguradora para que acuda al lugar del siniestro y te apoye en los trámites.

Dependiendo de la situación será necesario que acuda también el abogado para que recibas asesoría legal, recuerda que el único que puede determinar tu culpabilidad es la autoridad mediante el peritaje y las averiguaciones correspondientes.

Cuando se trate de una mascota de tu propiedad o de algún familiar la póliza no te cubrirá pues no se consideran terceras personas los familiares directos. Así que mejor maneja con cuidado ya que los animales se pueden cruzar por tu camino en cualquier momento y sin avisar, ya sea en carretera o en las avenidas de la ciudad.

Fundamentos Legales: 

  • – Código Civil Federal, artículos 1910, 1913 y 1916. 
  • – Código Penal para la Ciudad de México, artículos 350bis y 350ter.